CONVOCATORIA DE BECAS AL ESTUDIO Y AYUDAS AL DESPLAZAMIENTO CURSO 2025/2026

PLAZOS DE PRESENTACIÓN Y CONVOCATORIA:

BECAS PARA LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS OFICIALES 2025-2026.

ANUNCIO RESOLUCIÓN PROVISIONAL DE BECAS PARA LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS OFICIALES CURSO 2025-2026

Plazo de presentación de alegaciones:

  • Fecha inicio: 23/09/2026
  • Fecha fin: 06/10/2026

ANUNCIO LISTADOS DE SUBSANACIÓN BECAS PARA LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS OFICIALES CURSO 2025-2026

  • Fecha inicio: 16/07/2026
  • Fecha fin: 29/07/2026

Convocatoria de las becas de estudio 2025/2026

  • Fecha inicio: 21/04/2026
  • Fecha fin: 12/05/2026

AYUDAS AL DESPLAZAMIENTO PARA REALIZAR ESTUDIOS SUPERIORES DE FORMACIÓN PROFESIONAL (CFGS), Y UNIVERSITARIOS DE GRADO Y MÁSTER, OFICIALES, CURSO 2025-2026, REALIZADOS FUERA DE LA ISLA DE LANZAROTE Y LA GRACIOSA.

ANUNCIO RESOLUCIÓN PROVISIONAL DE AYUDAS AL DESPLAZAMIENTO DE ESTUDIANTES CURSO 2025-2026

Plazo de presentación de alegaciones:

  • Fecha inicio: 23/09/2026
  • Fecha fin: 06/10/2026

ANUNCIO LISTADOS DE SUBSANACIÓN AYUDAS AL DESPLAZAMIENTO DE ESTUDIANTES CURSO 2025-2026

  • Fecha inicio: 16/07/2026
  • Fecha fin: 29/07/2026

Convocatoria de las Ayudas al desplazamiento 2025/2026

  • Fecha inicio: 21/04/2026
  • Fecha fin: 12/05/2026

*Tengan en cuenta que ambas solicitudes se realizan en un mismo proceso de solicitud.

OTRA INFORMACIÓN DE INTERÉS


GUÍA DE SUBSANACIÓN DE DOCUMENTACIÓN

GUÍA PARA CREAR UNA SOLICITUD

Plazo para la presentación de solicitudes: del 21/04/2026 al 12/05/2026.

Las bases y plazos se publican en el Boletín Oficial de Canarias (BOC), donde podrá consultar la referencia concreta de cada convocatoria.

Estas becas están dirigidas a estudiantes de grado, máster o ciclo formativo superior, matriculados en estudios conducentes a títulos oficiales, en centros españoles.
Estas ayudas están dirigidas a estudiantes que se desplazan fuera de la isla para realizar estudios de grado, máster o ciclo formativo superior, matriculados en estudios conducentes a títulos oficiales, ya sea en Canarias, en el resto de España o en el extranjero.

Las personas que vayan a solicitar la beca deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Ser español o poseer la nacionalidad de un estado miembro de la Unión Europea.
  • Tener residencia habitual e ininterrumpida en cualquier municipio de la isla, al menos, durante el último año.
  • Cumplir con los requisitos económicos y académicos que se detallan en las bases de la convocatoria.
  • Estar matriculado en el curso académico vigente en centros educativos españoles de enseñanzas oficiales (públicos o privados) cuyos estudios sean conducentes a la obtención de un título oficial.
  • No tener un título igual o superior al de los estudios para los que pides la beca.

Las personas que vayan a solicitar la ayuda deben cumplir los siguientes requisitos:

Aquellos solicitantes que realizan sus estudios en territorio nacional:

  1. Tener residencia habitual de al menos 1 año (contado desde la finalización del plazo de convocatoria hacia atrás) en cualquier municipio de la isla de Lanzarote.
  2. Haber realizado matrícula de estudios de CFGS y universitarios de grado o máster, en el curso 2025/2026 en un centro público o privado del sistema educativo español, fuera de la isla de residencia habitual.
  3. Estar matriculados en enseñanzas presenciales o semipresenciales con una duración mínima de 9 meses.

Aquellos solicitantes que realizan sus estudios fuera del territorio nacional:

  1. Tener residencia habitual de al menos 1 año (contado desde la finalización del plazo de convocatoria hacia atrás) en cualquier municipio de la isla de Lanzarote.
  2. Estar matriculado en estudios de CFGS o universitarios de grado y máster, presenciales en centros fuera del territorio nacional durante el curso académico 2025/2026 con una duración mínima de 9 meses (270 días naturales).

1.1. Modalidades de becas a estudios oficiales presenciales fuera de la isla

  • Becas a estudios universitarios de grado y estudios superiores artísticos con una cuantía individual de 2.200 euros (332.000,00 euros).
  • Becas a estudios de máster oficiales con una cuantía individual de 1.150 euros (17.250,00 euros).
  • Becas a estudios de formación profesional superior con una cuantía individual de 1.150 euros (28.750,00 euros).
  • Becas complementarias a programas de movilidad de estudiantes con una cuantía individual de 700 euros (14.000,00 euros).
  • Becas complementarias al alojamiento con una cuantía individual de 1.200 euros (337.200,00 euros).

1.2. Modalidades de becas a estudios oficiales no presenciales y presenciales en la isla

  • Becas a estudios universitarios de grado con una cuantía individual de 720 euros (10.800,00 euros).
  • Becas a estudios de máster oficiales con una cuantía individual de 900 euros (9.000,00 euros).
  • Becas complementarias a programas de movilidad de estudiantes con una cuantía individual de 700 euros (7.000,00 euros).

Para presentar la solicitud de beca es necesario que el solicitante cuente con un certificado digital.

 ¿Cómo obtener el certificado digital?

Cuando presente correctamente la solicitud, le llegará un correo de confirmación indicándole las modalidades solicitadas.

En el apartado «Mi solicitud».

En el documento de solicitud que se genera y podrá encontrar en el apartado «Documentación».

Las personas solicitantes deberán aportar la documentación que demuestre que cumplen con los requisitos de la convocatoria (en formato PDF).

La documentación que necesite aportar dependerá de su situación específica como solicitante de la beca.

En caso de no haber finalizado el plazo de presentación de solicitudes, podrá aportarla en la plataforma en el apartado «Documentación».

Si el plazo de presentación ha finalizado, debe esperar a que se le requiera en el plazo de subsanación.

En caso de querer cambiar el número de cuenta bancaria tendrá que ponerse en contacto con el equipo de gestión de becas, para que le indique cómo proceder, por medio del correo becaslanzarote@fulp.es.
Para conocer el estado en el que se encuentra su solicitud debe consultar los listados que ha ido publicando el Cabildo de Lanzarote.

Para tener una matrícula completa tiene que matricularse de un mínimo de 60 créditos en el curso para el que solicita la beca.

También se considera matrícula completa si se matricula de menos de 60 créditos, siempre que sea por finalización de estudios (créditos finales).

Para tener una matrícula parcial tiene que matricularse de entre 30 y 59 créditos y tener reconocida esta condición por la universidad.

No se contemplan matrículas de menos de 60 créditos que no tengan el reconocimiento de la parcialidad.

Requisitos específicos para las becas a estudios universitarios de grado y estudios superiores artísticos presenciales fuera de la isla:

  1. Para obtener beca en las enseñanzas universitarias de grado de las ramas o áreas de conocimiento de Artes y Humanidades, Ciencias, Ciencias Sociales y Jurídicas, y estudios superiores artísticos, los solicitantes de segundos y posteriores cursos deben haber superado como mínimo el 55 % sobre el número mínimo exigido de matriculación del curso anterior o último realizado.
  2. Para obtener beca de las enseñanzas universitarias de grado de las ramas o áreas de conocimiento de Ciencias de la Salud, Ingeniería y Arquitectura / enseñanzas técnicas, los solicitantes de segundos y posteriores deben haber superado como mínimo el 35 % sobre el número mínimo exigido de matriculación del curso anterior o último realizado.

Para matrículas parciales, en todos los casos, deben superar el 100 % de los créditos.

Requisitos específicos para las becas a estudios de máster oficiales presenciales y no presenciales.

En los casos en que el número de créditos a superar para la obtención del título oficial de máster universitario sea superior a 60, la continuación de la condición de becario en un segundo año exigirá haber superado todos los créditos de los que se hubiera matriculado en el primer año y quedar matriculado en todos los créditos que resten para obtener la titulación.

Requisitos específicos para becas a estudios oficiales de formación profesional superior fuera de Lanzarote.

Los estudiantes de segundo y posteriores cursos organizados por asignaturas deberán acreditar haber superado todas las asignaturas del curso anterior.

Requisitos específicos para las becas complementarias para movilidad de estudiantes fuera de la isla.

El alumno debe haber obtenido una beca dentro de un programa de movilidad otorgado por el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de España o por parte de algún otro organismo gubernamental (agencia o entidad autorizada) con competencia en la concesión de becas educativas a programas de movilidad de estudiantes, durante el curso académico correspondiente.

Requisitos específicos para las becas complementarias al alojamiento para estudiantes que cursan estudios fuera de la isla.

Podrán acceder a esta beca los alumnos que se hayan matriculado en estudios oficiales presenciales fuera de Lanzarote, del número de créditos que se establezca en la convocatoria para cada modalidad. No cuenta con el requisito de carga lectiva superada.

Se tendrán en cuenta los datos académicos del último curso universitario que haya realizado.
Las asignaturas o créditos que tenga convalidados, reconocidos o adaptados no se tienen en cuenta para la beca, ni como créditos matriculados ni como créditos superados.
  • El solicitante.
  • Padre y madre del solicitante.
  • Hermanos/as o hijos/as solteros/as menores de 25 años que convivieran con usted a 31 de diciembre del año del ejercicio económico.
  • Hermanos/as o hijos/as mayores de 25 años con discapacidad reconocida.
  • Ascendientes de los padres que vivan en el mismo domicilio a 31 de diciembre del año del ejercicio económico.
  • En caso de divorcio, separación legal o de hecho: no se considera miembro computable el ex cónyuge si no vive en el mismo domicilio. Sin embargo, se considera miembro computable el nuevo cónyuge o pareja que vive con usted en esa relación.
  • En caso de custodia compartida: son miembros computables su padre y madre, sus hermanos que son hijos de ambos en primer grado, y los ascendientes de los padres que viven en el mismo domicilio con el certificado municipal correspondiente.
Según las bases de la orden de convocatoria, si es independiente tanto económica como familiarmente, es su propio sustentador principal y no tendría derecho a recibir la complementaria de alojamiento.
Una familia monoparental es la formada por una única persona progenitora y los hijos o hijas a su cargo, siempre que sea la única sustentadora de la familia y no conviva con su cónyuge, ni con otra persona con la que mantenga una relación análoga a la conyugal.

Las becas de estudios y de alojamiento del Cabildo de Lanzarote son incompatibles con cualquier otra beca recibida por el mismo objetivo por otra administración pública o privada.

Las becas de movilidad y de alojamiento del Cabildo de Lanzarote son incompatibles entre sí.

El plazo de 10 días para presentar alegaciones comienza a contar desde el día siguiente a la publicación, en el Boletín Oficial de Canarias, de la resolución provisional.
Una vez publicado el listado definitivo, recibirá un ingreso por transferencia bancaria.